Cuando una empresa contrata guardias, suele pensar que el cumplimiento es problema del proveedor. No del todo: parte del riesgo recae en quien contrata. Por eso conviene saber quién fiscaliza hoy a la seguridad privada en Chile y qué revisan.
Quién supervisa la seguridad privada hoy
Con la Ley 21.659, la supervigilancia del sector pasó desde el Departamento OS-10 de Carabineros a la Subsecretaría de Prevención del Delito, del Ministerio del Interior. Es el organismo que autoriza, registra y fiscaliza a empresas de seguridad y a su personal.
Esto incluye verificar que los guardias estén acreditados y vigentes, y que las empresas operen dentro del marco legal.
Qué revisa la Dirección del Trabajo
En paralelo, la Dirección del Trabajo (DT) fiscaliza la otra cara del negocio: el cumplimiento laboral y previsional. Esto es clave, porque la seguridad es un servicio intensivo en personas.
La DT puede revisar:
- Contratos de trabajo y jornadas.
- Turnos y descansos conforme al Código del Trabajo.
- Pago de cotizaciones e imposiciones.
- Condiciones de higiene y seguridad (DS 594).
Por qué te afecta aunque "contrates a una empresa"
Acá está el punto que muchos pasan por alto: ante incumplimientos, la empresa mandante (la que contrata el servicio) puede verse expuesta, sobre todo si no resguardó que su proveedor cumpliera. Una tarifa sospechosamente barata casi siempre significa que alguien no está pagando lo que corresponde, y ese riesgo termina salpicando a quien contrata.
Qué multas se arriesgan
El incumplimiento puede derivar en multas tanto por el lado de la seguridad (personal sin acreditación vigente) como por el laboral (DT). Además, un contrato de servicio mal armado puede impugnarse, dejándote sin cobertura justo cuando la necesitas.
Cómo protegerte
- Exige acreditación vigente de todo el personal asignado.
- Pide respaldo del cumplimiento laboral y previsional.
- Prefiere proveedores que documenten su servicio (contratos, reportería, supervisión).
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